Barón de Ley: expropiación autorizada

Según la Real Academia Española, una expropiación se define como:

«Dicho de la Administración: Privar a una persona de la titularidad de un bien o de un derecho, dándole a cambio una indemnización. Se efectúa por motivos de utilidad pública o interés social previstos en las leyes»

Pues bien, algo similar pero peor es lo que permite la Ley de OPAs, ya que no lo justifica el interés general ni quien lo adquiere es el Estado.

Puedes leer el artículo completo en El Confidencial, en el blog de Rumbo Inversor de Juan Gómez Bada